EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA CON VALOR DE SIMPLE PRESUNCIÓN.
Con arreglo a la Legislación Española, los nacidos en España de padres extranjeros siguen la nacionalidad de sus padres.
Sin embargo nos encontramos con paises, que no reconocen como nacionales los hijos nacidos en el extranjero de sus nacionales, es por ello que España para evitar que estos niños sean "apatridas", les concede con valor de simple presunción, la nacionalidad Española.
En estos casos el expediente lo resuelve el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Registro Civil de Torrente, y el expediente se realiza en Paiporta si los padres están empadronados en este municipio.
El expediente deberá ser iniciado por ambos progenitores.
Documentación necesaria:
- Certificado literal de nacimiento del recién nacido.
- Certificado de empadronamiento de los padres y de convivencia en el que aparezca el menor.
- Certificado literal de nacimiento de cada uno de sus padres, procedente del Registro Civil de su país, y legalizado por el Consulado o Emjada de dicho país en España.
- Original y fotocopia del libro de familia donde conste el menor.
- Original y fotocopia de los pasaportes de los padres.
- Certificado Consular en que se acredite que la legislación de su país no reconoce al menor la nacionalidad de su pais.
Una vez termninado el expediente, se remitirá al Registro Civil de Torrente para que previo informe del Ministerio Fiscal, se dicte auto autorizando la anotación márginal de la concesión de la nacionalidad española con valor de simple presunción.
La legislación aplicable se encuentra en los artículos 17.1c) del Código Civil; Ley del Registro Civil de 8/6/1957 y Reglamento aprobado por Decreto de 14/11/1958 y demás disposiciones concordantes.
Para iniciar el expediente deberá pedirse cita en el teléfono del Juzgado, 963971222, extensiones 39 o 40.


Silvia Araoz dijo
Mi hija nacida en españa, aun no cuenta con su documento de identidad ya que en el juzgado aun no nos han entregado la partida de nacimiento. Entendemos que por nosotros ser de nacionalidad argentina, este tramite debe contar con muchos requisitos legales, pero no es uno de los derechos de los niños el contar con su identidad? y no es el documento de identidad constancia de este derecho? mi hija ya tiene 8 meses, el tramite lo iniciamos en hace ya hace 6 y al solo querer conocer el estado del expediente, no solo no me pueden informar, sino que debo soportar el mal trato de la señora que se encuentra para dichas tareas. Creo que habria que brindar mas información, y agilizar los tiempos para tramites de importancia como estos. Atte.
14 Noviembre 2006 | 10:19 AM